Atendiendo las disposiciones establecidas en
el Artículo 28 de la Ley 388 de 1997, modificado por la Ley 902 de 2004 y
reglamentado por el Decreto 4002 de 2004, el gobierno municipal de Pueblo Nuevo
(Córdoba) ha iniciado el proceso de revisión y ajuste del Plan Básico de
Ordenamiento Territorial (PBOT) en sus vigencias
de corto y mediano plazo. El proceso es también una respuesta a lo ordenado
en el Acuerdo 045 de 2012 mediante
el cual se aprueba el Plan Municipal de Desarrollo 2012 – 2015, PUEBLO NUEVO PARA TODOS el cual en su
Artículo 12, numeral 8° estableció como unos de los grandes desafíos del Plan “Ordenar la ocupación del territorio
para la protección y conservación del medio ambiente, el uso eficiente y
racional de los suelos y del espacio público, la adecuada localización de los
equipamientos e infraestructura de servicios públicos, propiciar el crecimiento
económico y hacer que la propiedad cumpla una función social”.
El Ordenamiento Territorial es un proceso
técnico y administrativo porque orienta
la regulación y promoción de la localización y desarrollo de los asentamientos
humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico
espacial. Pero también es proceso político y democrático en
la medida que involucrada la toma de decisiones concertadas de los actores
sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso
sostenible del territorio, lo cual le da legitimidad social. Es conveniente,
pertinente y obligatoria la consulta y participación ciudadana.